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La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) constituye un conjunto de normas legales que regulan las actuaciones judiciales relativas a cualquier proceso penal. La Ley de Enjuiciamiento Criminal regula las actuaciones judiciales relativas a cualquier proceso penal.
La estructura de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se divide básicamente en 7 libros a través de los cuáles se puede conocer el contenido de los 999 artículos que lo constituyen además de las disposiciones adicionales y las finales. Libro I. Disposiciones generales (13 títulos). Libro II.
La identidad supuesta será otorgada por el Ministerio del Interior por el plazo de seis meses prorrogables por períodos de igual duración, quedando legítimamente habilitados para actuar en todo lo relacionado con la investigación concreta y a participar en el tráfico jurídico y social bajo tal identidad .
Se consideran como primeras diligencias la de consignar las pruebas del delito que puedan desaparecer, la de recoger y poner en custodia cuanto conduzca a su comprobación y a la identificación del delincuente, la de detener, en su caso, a los presuntos responsables del delito, y la de proteger a los ofendidos o
1.1. Concepto. Por diligencias policiales de prevención cabe entender los actos instructorios que , como consecuencia de la sospecha de la comisión de un delito público, ha de practicar urgentemente la policía y trasladarlas ante la autoridad judicial a fin de que decida la incoación, en su caso, de la instrucción.
Se entenderá por entrega vigilada la técnica consistente en dejar que remesas ilícitas o sospechosas de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, salgan del territorio nacional, lo atraviesen o entren en él, con el conocimiento y bajo la supervisión de las autoridades competentes, con el
Agente encubierto o secreto, también conocido coloquialmente como “topo”, es el infiltrado en una organización que sirve a otra. En este segundo caso, el topo actúa con autorización judicial.
El delito se considera realizado en el momento de la acción u omisión, aún cuando sea otro el momento del resultado. ARTICULO 19. El delito se considera cometido : 1) En el lugar donde se desarrolló, en todo o en parte, la actividad delictuosa de autores o partícipes.
Por su parte, el numeral 5° de la mencionada disposición establece: “en los procesos contra una persona jurídica es competente el juez de su domicilio principal. Sin embargo, cuando se trate de asuntos vinculados a una sucursal o agencia serán competentes , a prevención, el juez de aquel y el de esta.”
El delito se comete en todas las jurisdicciones en las que se haya realizado algún elemento del tipo. En consecuencia, el Juez de cualquiera de ellas que primero haya iniciado las actuaciones procesales, será en principio competente para la instrucción de la causa.