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La Ley de Contrato de Trabajo , es la norma legal que regula las relaciones laborales de los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia, excluyendo a los empleados de la Administración Pública (nacional, provincial o municipal), salvo, que por un acto expreso de voluntad, se los incluya en la ley o en
La Ley de Contratos de Trabajo nº 20.744: Es la norma legal que regula las relaciones laborales de los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia, excluyendo a los empleados de la Administración Pública.
El artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que : “En los casos en que el despido fuese dispuesto por causa de fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo no imputable al empleador fehacientemente justificada, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización equivalente a la mitad de la
Qué pasa si renuncio sin preaviso , ¿Me pueden descontar el salario? La ley de contrato de trabajo no prevé consecuencias si el trabajador omite preavisar con 15 días de anticipación. Aunque es buena práctica hacerlo, en principio el salario es intangible, no puede descontarse suma alguna de la remuneración.
¿ Quien puede firmar un contrato de trabajo ? Los mayores de edad (18 años). Los menores de 18 años legalmente emancipados. Mayores de 16 y menores de 18 si tienen autorización de los padres o de quien los tenga a su cargo.
LA REFORMA DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO AL CUMPLIRSE TREINTA AÑOS DE SU SANCIÓN. 1. – INTRODUCCIÓN. El 11 de septiembre de 1974 fue sancionada la ley 20.744, llamada Ley de Contrato de Trabajo.
La Ley Federal del Trabajo señala como condiciones de trabajo: la jornada laboral, días de descanso, vacaciones, salario y aguinaldo.
132 bis LCT solo resulta procedente cuando se trata de una relación laboral que se encuentra correctamente registrada. El segundo párrafo del artículo 80 LCT impone al empleador la obligación de entregar al trabajador constancia documentada de los aportes y contribuciones efectuados a lo largo de la relación laboral.
– El artículo 245 de la LCT es la norma base que regula la indemnización por despido arbitrario y lo hace en función de dos elementos: el salario y la antigüedad del trabajador en el empleo. Si el trabajador excedió los tres meses de trabajo, luego de un año, ya debe computarse como un período más (Ej.
92 bis LCT . El texto que se aprobó ahora es el siguiente: ” Artículo 92 bis . Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de preavisar según lo establecido en los artículos 231 y 232.
La legislación Argentina , prevé que como consecuencia del fallecimiento por cualquier causa del trabajador en relación de dependencia, deberá abonarse a sus beneficiarios, una indemnización equivalente a medio mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.
Sin embargo, si el trabajador decide no cumplir con el preaviso , el empleador deberá cancelar al trabajador lo que le correspondiese hasta la fecha que culminó la relación laboral. La LOTTT no estipula ningún tipo de sanciones o descuento, en el caso de que el empleado no cumpla con el preaviso .
Cuando la extinción del contrato de trabajo dispuesta por la patronal, se produzca sin preaviso y en fecha que no coincida con el último día del mes, deberá abonarse al trabajador una suma igual a los salarios por días faltantes entre la fecha del despido y hasta el último día del mes de la ruptura.
Sí . Independientemente de que estés vinculado por un contrato laboral a término fijo o indefinido o contrato de obra o labor, NO existe la obligación ni del preaviso , ni de la indemnización a favor del empleador en caso de hacer una renuncia laboral intempestiva.