Tribunal, leyes, asistencia jurídica, abogados
La Ley marca un plazo máximo de seis meses desde que se entrega la solicitud hasta que se realiza la valoración y el Plan Individualizado de Atención (PIA). En el caso de los niños de menos de tres años, ese plazo es menor, teniendo que dictarse una resolución en 30 días naturales.
Ayudas económicas que contempla la Ley de Dependencia
Cuantías/ Grados Dependencia | Grado de dependencia I | Grado de dependencia II |
---|---|---|
Cuantía máxima PEVS | — | 426,12 €/mes |
Cuantía máxima Prestaciones de cuidados en el entorno familiar | 153 €/mes | 268,79 €/mes |
La cuantía económica, que dependerá del grado de dependencia , oscilará entre unos 387,64 euros, que corresponde a la prestación máxima, si la persona tiene un grado III, y 153 euros, que es la subvención mínima y corresponde a un grado I.
Ese medio año es el tiempo máximo que establece la ley , aunque en la comunidad se tarda actualmente una media de nueve meses. La Junta espera sumar este año al sistema de dependencia unos 76.400 nuevos beneficiarios.
¿ Quién puede solicitar la ayuda de la ley de dependencia ? La solicitud de ayudas a la dependencia puede hacerla la persona con alguna enfermedad, un familiar, un representante legal o, si es preciso, una administración pública.
Pagamos todos. El sistema nacional de Dependencia lo van a financiar el Estado, las comunidades autónomas y los usuarios, pero no todos pagarán en la misma medida.
La valoración del grado de dependencia es cometido de los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y se realiza tras haber presentado una solicitud en el Centro de Servicios Sociales de la ciudad en la que resida la persona a la que se busca reconocer como dependiente.
El Grado 1 de dependencia o dependencia moderada corresponde a personas que necesitan ayuda al menos una vez al día para realizar ciertas actividades básicas de la vida cotidiana (asearse, comer, ir al banco, a la compra, etc.).
Dependencia severa: Se necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Esas cuantías mínimas pasan de los 15,30 euros a los 44,33 al mes en el caso de los dependientes de grado I ( dependencia moderada); de 26,88 a 82,84 en los de grados II ( dependencia severa); y de 38,76 a 177,86 en el caso del grado III (gran dependencia ).
La base de cotización de los cuidadores no profesionales con convenio especial será la mínima del régimen general (1.050 euros mensuales en 2019), aunque si optan por una base superior deberán pagar la diferencia.
Una persona es dependiente o se encuentra en situación de dependencia cuando tiene una carencia o pérdida de autonomía intelectual, física o sensorial causada por diversos motivos como la edad, una enfermedad o por la propia discapacidad que padecen; y necesita ayuda para la realización de acciones básicas del día a
La ley de dependencia se aplica a aquellas personas que por razones de edad, enfermedad o discapacidad son dependientes de forma permanente; la persona en cuestión no dispone de autonomía física, mental o sensorial. De modo que precisan de una o varias personas para realizar las actividades de la vida diaria.
La Ley contempla tres grados de dependencia : Moderada: se necesita ayuda para realizar actividades de la vida diaria al menos una vez al día. Severa: la persona necesita ayuda para realizar actividades de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no requiere el apoyo permanente de un cuidador.